La justicia decide si se reabre el caso Davalor

Navarra Televisión
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La fiscal, UPN y PP han reclamado este martes en la Audiencia de Navarra la continuidad de la investigación judicial del 'caso Davalor', mientras que los investigados han defendido el archivo de la causa

La fiscal y los representantes legales de UPN y PP han reclamado este martes en la Audiencia de Navarra la continuidad de la investigación judicial del 'caso Davalor', mientras que los abogados de los investigados han defendido el archivo de la causa, decretada en diciembre de 2023.

En concreto, la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona archivó la causa en diciembre de 2023 por considerar que cuando se dictó la primera prórroga de la instrucción ya había transcurrido el plazo de 12 meses previsto en la ley de Enjuiciamiento Criminal para solicitarla. Tanto UPN como el PP decidieron recurrir el archivo de la causa.

El caso se inició a raíz de la concesión por parte de la empresa pública Sodena de ayudas a la empresa Davalor, que acabó en concurso de acreedores. El caso conllevó la dimisión, en 2021, del consejero de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra Manu Ayerdi. El Tribunal Supremo acordó la incoación de las diligencias el 21 de enero de 2021 y el Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona, que recibió la causa el 9 de marzo de ese año, dictó la prórroga de la investigación el 18 de febrero de 2022.

Imagen de la sala durante la vista oralImagen de la sala durante la vista oral - Foto: NATV

VISTA ORAL

Durante la vista oral de los recursos presentados contra el archivo del 'caso Davalor' ante la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, celebrada este martes, la fiscal ha mantenido que la primera prórroga "fue acordada en plazo" y que "todas las prórrogas acordadas con posterioridad" son "válidas".

Según ha explicado, el plazo que contempla la ley de Enjuiciamiento Criminal "es para la investigación judicial, y el Supremo no realizó actuaciones de investigación judicial". "No debemos confundir la tramitación de la causa con la investigación judicial del delito, pues solo esta última es la que se encuentra sometida al plazo de los 12 meses previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal", ha afirmado, tras defender que "solo a partir de marzo de 2021 se inicia la investigación judicial".

Ha añadido la fiscal que no puede tenerse en cuenta el lapso de tiempo transcurrido desde que el Supremo perdió su competencia en el caso, al haber perdido Manu Ayerdi su condición de aforado, y hasta que el caso se trasladó a Pamplona. "Sería ilógico pretender que el Juzgado de Instrucción haya consumido esos 38 días del plazo de investigación, cuando la causa ni siquiera estaba en Pamplona, se encontraba físicamente en Madrid", ha defendido, tras subrayar que en ese periodo de tiempo "no había ningún órgano judicial competente para investigar".

"El Supremo no podía continuar porque carecía de competencia pero ningún juzgado de instrucción podía continuar porque no se había recibido la causa", ha dicho, tras incidir en que "si no hay juez competente, no hay causa legal abierta y el plazo no puede tenerse en cuenta", por lo que esos 38 días transcurridos "no pueden ser computados en el plazo de investigación".

Asimismo, ha considerado que "los plazos deben quedar reducidos en el mes de agosto y los días inhábiles de Navidad". "Es incongruente que los 31 días de agosto sean computados ya que a ninguna de las partes se les notifican resoluciones judiciales ni se practican diligencias de investigación", ha dicho.

En la misma línea se ha mostrado el abogado de UPN, que ha considerado que "necesariamente hay que descontar los días" transcurridos hasta que el caso llegó a Pamplona. A su juicio, "la primera prórroga y, por tanto, las siguientes, habían sido acordadas en plazo". También ha compartido que el Supremo no realizó actuaciones de investigación judicial, sino "diligencias iniciales o preliminares".

Por su parte, y entre otras cuestiones, la representación legal del PPN ha sostenido que Ayerdi "en ningún momento dijo nada, no habló sobre el mal cómputo de los plazos sino al contrario, solicitó la prórroga en varias ocasiones". "Solicitamos que se continúe con las actuaciones", ha reivindicado.

Por el contrario, la abogada de Manu Ayerdi ha sostenido que la ley establece que los 12 meses comienzan a contar desde el primer auto de incoación, "no desde que se acuerda la primera diligencia de pruebas", determina que "el instructor tiene 12 meses para investigar" y "no prevé la suspensión del plazo". En este sentido, ha remarcado que el Constitucional "no dice nada" que pueda dar a entender que el cómputo de los 12 meses comienzan en un momento distinto al inicio de la causa.

"Las partes recurrentes lanzan todo tipo de argumentos para que nos olvidemos de lo realmente importante", ha manifestado, tras subrayar que para evitar que se consumieran días hasta que la causa llegó a Pamplona, "lo único que tenían que haber hecho era haber prorrogado dentro de plazo la instrucción para neutralizar esos 38 días perdidos".

El abogado del propietario de Davalor, por su parte, ha compartido los argumentos expuestos por el resto de las defensas. También ha criticado que a su cliente "nadie le nombra en ningún momento" desde que comenzó la causa y "de repente en 2023 se pide su declaración como investigado".

El representante de las directoras generales investigadas ha mantenido que la primera prórroga "se dictó 13 meses más tarde del auto del Supremo de enero de 2021 y 14 meses más tarde que el auto de diciembre de 2020 que acordó la apertura del procedimiento".

Según ha destacado, la ley de Enjuiciamiento Criminal, "por muchas vueltas e interpretaciones que se le quiera dar, dice con claridad que la investigación judicial se desarrollará en el plazo máximo de 12 meses desde la incoación de la causa". En esta línea, ha mencionado una sentencia de un "caso idéntico o parecido", también de aforamiento, en la que "el Supremo dice que el plazo de los 12 meses se realiza desde el primer auto de incoación del procedimiento".

Tras criticar que "se nos quiere hacer ver" que "unos pocos días han trastocado el procedimiento", ha considerado que esta ha sido una instrucción "inadmisiblemente defectuosa". Según ha mantenido, desde que la causa llegó al Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona "simplemente se acordó nombrar a un economista para que hiciera un informe y a partir de ahí no se hizo nada".

"Simplemente se iba prorrogando cada 6 meses, automáticamente se iban acordando prórrogas", ha manifestado, tras añadir que no se realizaron las correspondientes pruebas y que "no había ningún motivo" para no practicarlas. "Han pasado tres años en los que no se ha practicado ninguna prueba", ha incidido, tras criticar lo que a su juicio es una "absoluta dejación".

En cuanto a la petición de la acusación de no contabilizar agosto y Navidad, ha destacado que "carece de soporte legal y jurisprudencial". "La ley es contundente, el plazo por ley se fija de fecha a fecha", ha asegurado, tras añadir que "en el mes de agosto hay actividad".

También ha discrepado de la diferencia entre la tramitación administrativa y la investigación judicial que alega la acusación, al considerar que es "inadmisible" y que es una "invención". Según ha explicado, la mención a la investigación judicial que recoge la ley pretende "excluir del plazo de instrucción las investigaciones policiales o de la fiscalía, las preprocesales" y que el plazo de 12 meses debe contabilizarse desde el primer auto de incoación.

Respecto a la petición de descontar los 38 días que pasaron hasta que el caso llegó a Pamplona, ha señalado que la ley "no se refiere a cómputos de plazos judiciales, habla de actos nulos" y que tras la pérdida del aforamiento de Ayerdi "nadie dictó un acto" que decretase la nulidad.