La 'Ley Rider' despierta recelos

EFE
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Las plataformas de reparto a domicilio plantean diferentes fórmulas de cuestionable legalidad para adaptarse al nuevo ordenamiento, que trata de dejar atrás el modelo de 'falso autónomo'

El reglamento parte de la premisa de obligarlas a las plataformas a convertir en asalariados a los hasta ahora trabajadores por cuenta propia - Foto: EFE

La Ley Rider ya es una realidad en España. Tras su entrada en vigor el pasado jueves, las empresas de reparto a domicilio están obligadas a dejar de utilizar autónomos como repartidores y que pasen a ser asalariados. Sin embargo, las diferentes fórmulas planteadas por los operadores para salvar este trámite están suscitando desde el inicio dudas en el plano legal.

Así lo apuntan desde las asociaciones de empleados, los sindicatos y la inspección de Trabajo, hasta el punto de que fuentes del sector dan por seguro que la cuestión volverá a judicializarse.

Tras meses de negociaciones, el Ministerio de Trabajo, los sindicatos CCOO y UGT y las patronales CEOE y Cepyme lograron cerrar a principios del pasado marzo un acuerdo para sacar adelante una ley que establecía la presunción de asalariados de los repartidores autónomos que trabajan para plataformas digitales de reparto.

La norma, que no se publicó en el BOE hasta mayo y que recogía lo ya sentenciado por los tribunales, daba tres meses de plazo a las empresas para adaptarse y que ahora acaban de vencer.

La primera en comunicar su propuesta fue Glovo, que a finales de julio informó de que prevé mantener a cerca de un 80% de sus repartidores actuales en España como autónomos bajo un nuevo modelo de relación que, en su opinión, se ajusta a la normativa. Sus planes incluyen en una primera fase la contratación directa como empleados de 2.000 repartidores antes de finalizar 2021, lo que equivale a cerca de un 20% del total.

La firma defiende que bajo ese sistema con el que operará el 80% de su flota podrá justificar que no existe dependencia laboral y que se cumplen con todos los criterios recogidos en la ley a la hora de definir el trabajo autónomo. También a finales de julio, Deliveroo anunció su intención de cerrar su actividad en España con la apertura de un proceso de despido colectivo que afectará a 3.781 personas entre personal de oficina y repartidores; a estos últimos la compañía pretende darles de alta en la Seguridad Social. No obstante, por el momento se desconocen detalles relevantes, como la fecha en la que se producirá, clave para calcular la indemnización a cobrar.

Ubereats, por su parte, ya ha enviado un mensaje a sus riders en el La Ley Rider ya es una realidad en España. Tras su entrada en vigor el pasado jueves, las empresas de reparto a domicilio están obligadas a dejar de utilizar autónomos como repartidores y que pasen a ser asalariados. Sin embargo, las diferentes fórmulas planteadas por los operadores para salvar este trámite están suscitando desde el inicio dudas en el plano legal. Así lo apuntan desde las asociaciones de empleados, los sindicatos y la inspección de Trabajo, hasta el punto de que fuentes del sector dan por seguro que la cuestión volverá a judicializarse. Tras meses de negociaciones, el Ministerio de Trabajo, los sindicatos CCOO y UGT y las patronales CEOE y Cepyme lograron cerrar a principios del pasado marzo un acuerdo para sacar adelante una ley que establecía la presunción de asalariados de los repartidores autónomos que trabajan para plataformas digitales de reparto. La norma, que no se publicó en el BOE hasta mayo y que recogía lo ya sentenciado por los tribunales, daba tres meses de plazo a las empresas para adaptarse y que ahora acaban de vencer. La primera en comunicar su propuesta fue Glovo, que a finales de julio informó de que prevé mantener a cerca de un 80% de sus repartidores actuales en España como autónomos bajo un nuevo modelo de relación que, en su opinión, se ajusta a la normativa. Sus planes incluyen en una primera fase la contratación directa como empleados de 2.000 repartidores antes de finalizar 2021, lo que equivale a cerca de un 20% del total. La firma defiende que bajo ese sistema con el que operará el 80% de su flota podrá justificar que no existe dependencia laboral y que se cumplen con todos los criterios recogidos en la ley a la hora de definir el trabajo autónomo. También a finales de julio, Deliveroo anunció su intención de cerrar su actividad en España con la apertura de un proceso de despido colectivo que afectará a 3.781 personas entre personal de oficina y repartidores; a estos últimos la compañía pretende darles de alta en la Seguridad Social. No obstante, por el momento se desconocen detalles relevantes, como la fecha en la que se producirá, clave para calcular la indemnización a cobrar. Ubereats, por su parte, ya ha enviado un mensaje a sus riders en elque les informa de que a partir del 12 de agosto no adjudicará pedidos a aquellos que sigan siendo autónomos, y de momento utilizará a terceros para subcontratar.

Mientras, Just Eat ya negocia con CCOO y UGT un convenio laboral para sus repartidores; la firma nunca utilizó autónomos y su modelo actual es mixto: la mayor parte de los restaurantes con los que colabora tienen su propia flota y para aquellos que no, la plataforma ofrece un servicio a través de terceros.

 

Críticas 

«Lo de Glovo es una barbaridad», señala el coordinador de Turespuestasindical.es de UGT, Rubén Ranz, que acusa a las empresas de haber esperado al último momento para afrontar el cambio normativo y de, además, «reírse de la ley».

A su entender, estas compañías «basan su modelo de negocio exclusivamente en reducir costes (...) Es una bomba de relojería».

«Nos han llegado cosas preocupantes, subcontrataciones, falsas cooperativas de trabajadores...», aseguraba el secretario de Juventud y nuevas realidades del trabajo de CCOO, Carlos Gutiérrez.

«La norma pone negro sobre blanco lo que ya habían sentenciados los tribunales», recuerda la presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercoreca. Ercoreca explica que se podrán levantar actas de infracción con sanciones de 3.126 euros a los que se sumar las cotizaciones a la Seguridad Social dejadas de ingresar en cada caso.

Las soluciones ideadas por las plataformas también despiertan suspicacias entre asociaciones de repartidores, que ya advierten de que la subcontratación de sus servicios a través de terceros puede suponer una «cesión ilegal de trabajadores». Además, el portavoz del movimiento Repartidores Unidos, Gustavo Gaviria, lamenta los «contratos temporales y precarios» que están ofreciendo estas plataformas que optan por convertirles en asalariados.