El juez ratifica el tercer grado de Bassa y Forcadell

Europa Press
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El magistrado desestima el recurso del fiscal y señala que la semilibertad "no es una gracia, o indulto atenuado" sino una forma de cumplir condena

La expresidenta del Parlament Carme Forcadell en una foto de archivo - Foto: Quique Garcia

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Cataluña ha desestimado este martes el recurso de la Fiscalía contra el tercer grado de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera Dolors Bassa, de modo que ambas conservarán este grado penitenciario de semilibertad, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

El magistrado titular del juzgado encargado de las cárceles de Puig de les Basses -en Figueres (Girona)- y la prisión de mujeres de Barcelona Wad-Ras, donde están Bassa y Forcadell, ha descartado el recurso del fiscal contra el tercer grado para las dos condenadas por el Supremo.

En agosto, la titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5, encargada de la cárcel de Lledoners -en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona)-, también rechazó la petición del Ministerio Fiscal para tumbar la progresión a tercer grado del resto de presos del 1-O, si bien su semilibertad quedó suspendida tras un nuevo recurso del fiscal ante el Tribunal Supremo (TS).

Respecto a la decisión de este martes sobre Bassa y Forcadell, el juez ha dado un plazo de máximo cinco días a todas las partes para presentar un recurso de apelación contra las resoluciones que mantienen el tercer grado penitenciario, y que debería resolver el Supremo, como tribunal que les sentenció.

El juez afirma que la condena por sedición y por 12 años de cárcel "no constituyen obstáculos insalvables si la respuesta al tratamiento penitenciario es la adecuada", y destaca que incluso existe la posibilidad, aunque inusual, de que un preso esté clasificado en tercer grado desde el inicio de la condena, mientras que Forcadell y Bassa ingresaron en prisión en marzo y julio de 2018.

En cuanto a la expresidenta del Parlament, no aprecia "factores obstaculizantes al desempeño vital" en semilibertad, y destaca su buen desarrollo de las tareas fijadas en su plan de tratamiento penitenciario.

 

Primera condena y asunción de hechos

Destaca de ambas que es su primera vez en prisión y su primera condena penal, y detalla que las dos han reconocido los hechos, pero no el delito por el que fueron condenadas, y han asegurado ser conscientes de las consecuencias de sus actos.

"Sin renunciar a la ideología, materia no punible obviamente, exhibe recursos adecuados para abordar alternativas diferentes a los hechos de sentencia", relata el juez sobre Bassa, de quien añade que ha manifestado su intención de no volver a la política y su voluntad de centrarse en el entorno laboral y la vida familiar.

Sobre la progresión de grado penitenciario que ha recurrido el fiscal, dice: "El tercer grado penitenciario no es una gracia, o indulto atenuado, sino una modalidad de cumplimiento en tanto se ha progresado en otras fases iniciales, en la observación, integración, y readaptación social, siendo eje esencial la asunción de los hechos objeto de condena como indicativo de la reeducación y reinserción".