El Gobierno suaviza las restricciones al campo por el fuego

Navarra Televisión
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El Gobierno de Navarra ha flexibilizado la Orden Foral que mantenía con férreas restricciones para el uso de maquinaria agrícola y forestal durante largos periodos en situación de alertas meteorológicas debido al riesgo de incendios.

El Gobierno flexibiliza el uso de maquinaria agrícola

El motivo de estos cambios en la normativa es compatibilizar la prevención de riesgo de incendios con la actividad socioeconómica del sector primario y también permitir la retirada de cereal sin cosechar por tratarse de potencial combustible en caso de declararse un incendio.

En concreto, la modificación de la Orden Foral aprobada por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y que ya se ha publicado en el BON, permite autorizar labores concretas que se consideren necesarias a través de resoluciones específicas individualizadas o generalizadas de la Dirección General de Medioambiente. Estas excepciones pueden motivarse por situaciones no previstas o sobrevenidas como puede ser un periodo demasiado prolongado en situaciones de meteoalerta. Tal y como recoge el texto de la modificación, desde la aprobación de la Orden Foral 152E/2022, de 1 de julio y hasta la fecha, los avisos por fenómenos meteorológicos adversos emitidos para la Comunidad Foral de Navarra por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) han sido constantes y se han mantenido durante días consecutivos. En la zona de la Ribera, han sido hasta 8 días seguidos en meteoalertas naranja o roja.

Flexibilización en meteoalerta naranja

En ese sentido, este mismo viernes se ha aprobado una resolución de la Dirección General de Medio Ambiente en la que se flexibiliza de forma generalizada el empleo de maquinaria agrícola en las situaciones de meteoalerta naranja. En concreto, cuando exista esta meteoalerta, se van a permitir las labores con maquinaria pesada agrícola en regadío (cosechado, empacado y picado de paja en cereal y cultivos herbáceos extensivos) durante todo el día, salvo que la parcela colinde con una masa forestal de más de 10Has en cuyo caso sólo podrá trabajarse hasta las 13H o la entrada en vigor de la meteoalerta naranja (por si en algún caso esta meteolaerta se activara antes antes de las 13H).

En el caso del secano (donde el riesgo de incendio es mayor que en regadío), los dos primeros días de meteolaerta naranja se mantendrán las prohibiciones actuales. Eso sí, en caso de que se dieran más de dos días seguidos de meteolaerta naranja se podrá emplear la maquinaria pesada agrícola hasta las 13H y manteniendo los sistemas de prevención establecidos para la meteoalerta amarilla. En caso de que se diera una meteolaerta naranja después de dos días de meteoalerta roja también se podría trabajar manteniendo estas limitaciones horarias.

Esta resolución tendrá vigencia mientras se mantengan las condiciones que han motivado su aprobación, sin perjuicio de que pueda ser modificada o dejarse sin efecto si así se precisa.

Al margen de estas modificaciones, las condiciones para las labores agrícolas y forestales en caso de meteoalerta amarilla y roja se mantienen de la misma manera fijada en la Orden Foral 152E/2022, de 1 de julio. Es decir, todas estas labores quedarán prohibidas en caso de meteoalerta roja; y en meteoalerta amarilla, los trabajos de desbroce forestal, apeo de arbolado mediante procesadora forestal, cosechado y empacado de cultivos herbáceos extensivos de invierno en parcelas agrícolas de secano, y cosechado y empacado de cultivos herbáceos extensivos de invierno en parcelas agrícolas de regadío colindantes con masas forestales de más de 10 ha, estarán prohibidos entre las 14H y 18H y para el resto de horas,  se deberá disponer, además de los medios exigidos en el apartado 5 del artículo 10, de un tractor equipado con apero apto para realizar labores de cortafuegos y/o tractor con tanque de agua de al menos 1.000 litros que permita aplicar agua a presión a través de dispositivos acoplados a la toma de fuerza del tractor. Además, la persona que maneje la maquinaria deberá ir acompañada de otra persona que realice labores de observación para advertir de igniciones no percibidas por aquella.