El TJUE desautoriza el uso de semillas con neonicotinoides

SPC
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Estas sustancias, de efecto insecticida, son esenciales para sembrar remolacha y el sector alega que, una vez enterrados, no afectan a las abejas, principal causa de su prohibición

El TJUE) desautoriza el uso de semillas con neonicotinoides - Foto: Eugenio Gutierrez Martinez Eugenio Gutiérrez Martí

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó hace unos días que los Estados miembros no podrán establecer excepciones a las prohibiciones expresas de comercialización y uso de semillas tratadas con productos fitosanitarios que contengan neonicotinoides, unos insecticidas usados en la agricultura convencional. La corte se pronunció así en relación con una cuestión prejudicial planteada por el Consejo de Estado belga sobre ciertas prohibiciones adoptadas por las autoridades europeas sobre estas sustancias para garantizar un alto nivel de protección de la salud animal en la UE.

Se trata del tiametoxam y la clotianidina, que son insecticidas del grupo de los neonicotinoides utilizados en agricultura para el tratamiento de semillas, autorizados inicialmente en la UE, pero a los que en 2018 la Comisión Europea impuso restricciones muy estrictas por razones de salud animal y para salvaguardar a las abejas, muy sensibles a estas sustancias. Bruselas prohibió exactamente la comercialización y el uso de semillas tratadas con esos neonicotinoides, excepto para su cultivo en invernaderos permanentes.

Ese mismo año, Bélgica invocó una excepción contemplada en esa normativa comunitaria para expedir seis autorizaciones para el uso de productos fitosanitarios a base de clotianidina y tiametoxam para el tratamiento de semillas de determinados cultivos, incluida la remolacha azucarera, así como para la comercialización de estas semillas y su siembra al aire libre. Dos asociaciones de lucha contra los pesticidas y de fomento de la biodiversidad, así como un apicultor, presentaron un recurso ante el Consejo de Estado belga contra estas autorizaciones, supuestamente concedidas de forma abusiva, durante varios años seguidos y sin justificación suficiente, lo que el Estado belga impugnó.

La corte de Luxemburgo sentenció que la disposición que permite a los Estados miembros, en circunstancias excepcionales, autorizar la comercialización de esos productos fitosanitarios no les da vía libre para establecer excepciones que infrinjan el principio de cautela de garantizar un nivel elevado de protección de la salud humana y animal y del medio ambiente.

España.

En nuestro país, el Ministerio de Agricultura autorizó excepcionalmente el empleo de neonicotinoides para la siembra de remolacha la campaña pasada, al igual que hicieron otros países como Francia. La idea era desterrarlos definitivamente en 2024 gracias a un programa para obtener alternativas que debería dar su frutos para entonces, pero esta sentencia del TJUE pone las cosas muy complicadas a los agricultores para esta campaña, cuya siembra se ha de llevar a cabo entre el final del invierno y principios de la primavera.

El sector español, que ya alzó la voz cuando se prohibieron, alega que los efectos adversos para las abejas se producen cuando la sustancia es aplicada en la parte aérea la planta, pero que cuando quedan enterrados con las semillas los neonicotinoides no generan problemas para estos insectos. Además, sembrar remolacha sin tratar la semilla es extremadamente arriesgado y no hay, actualmente, sustitutivo para estos insecticidas.