Educación recurrirá a la sentencia del TSJN sobre Skolae

Navarra Televisión
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El Departamento considera que el Plan educativo no es una norma sino un acto administrativo, del mismo no se deduce vocación de permanencia, se consume con su ejecución y supone la aplicación del derecho ya existente.

Carlos Gimeno, consejero de Educación del Gobierno de Navarra - Foto: ARCHIVO

El Departamento de Educación ha anunciado que recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo la sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) por la que se anula el Plan de Coeducación 2021-2023 debido a errores en su tramitación.

Educación ha dado a conocer este mediodía que, respetando las decisiones judiciales, no comparte la argumentación de la sentencia 30/2024 de la sala que estima el recurso de varias familias y anula la Orden Foral 92/2021 del Consejero de Educación y el Acuerdo de Gobierno de Navarra de 29 de marzo de 2023. 

Mediante Orden Foral 92/2021, de 30 de septiembre, del Consejero de Educación, se aprobó el Plan de Coeducación del Departamento de Educación para el periodo 2021-2023. Esta Orden Foral fue recurrida en alzada por varias familias y mediante Acuerdo de Gobierno de Navarra de 29 de marzo de 2023, se desestimó el recurso de alzada. Dichas familias interpusieron después un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN.

El Departamento considera que el Plan de Coeducación para el periodo 2021-2023 no es una norma sino un acto administrativo, ya que del mismo no se deduce vocación de permanencia, se consume con su ejecución y supone la aplicación del derecho ya existente. Son numerosas las normas que amparan este Plan de Coeducación 2021-2023, tanto estatales como forales. En desarrollo de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre Mujeres y Hombres, se aprobó el Decreto Foral 72/2021, de 18 de agosto, por el que se regula la coeducación en los centros docentes públicos y privados concertados del sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra. 

En el año 2020, la sentencia 141/2020 dictada por la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justifica de Navarra resolvía un recurso frente a dos Resoluciones del año 2018 del Director General de Educación. En el año 2018 no estaba todavía vigente la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre Mujeres y Hombres, cuyos artículos 31 y siguientes regulan y amparan la coeducación en los centros docentes, ni el Decreto Foral 72/2021, de 18 de agosto, por el que se regula la coeducación en los centros docentes públicos y privados concertados del sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra. En este momento, las circunstancias son muy diferentes puesto que hay dos normas que amparan de manera expresa el Plan de Coeducación.

Ahora bien, aun cuando hay voluntad de recurrir en casación la sentencia, el Departamento de Educación va a tramitar, para una mayor seguridad jurídica, el nuevo Plan de Coeducación conforme a las exigencias que dictamina el Tribunal Superior de Justicia de Navarra "para que no exista impedimento de ningún tipo, formal o de otra índole, en la aplicación del principio de coeducación que para el Gobierno de Navarra es fundamental", ha señalado el consejero de Educación Carlos Gimeno. El Departamento está preparando el nuevo Plan de Coeducación de Navarra 2024-2028. Gimeno ha recalcado que la sentencia conocida hoy no tiene ningún efecto práctico en los centros educativos navarros.