Mascarilla obligatoria salvo justo en el momento de beber o comer
Aforo del 30% en salas de juego y locales recreativos. Aforo del 75% en parques infantiles al exterior
Mercadillos: distancia frontal entre los puestos de 4,5 metros y lateral de 1,5 m.
Bodas y otros eventos: aforo del 30%. Celebraciones posteriores: aforo de 12 personas en el interior de locales de hostelería y 20 en el exterior, sin uso de pista de baile